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Opinión: La prisión de un senador es un caso inédito y tiene soluciones inéditas

26/11/2015 - 13h00

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MARCELO COELHO
DE SÃO PAULO

Las acusaciones contra el senador Delcídio Amaral (Partido de los Trabajadores), hasta ayer jefe del bloque del Gobierno en el Senado, no podrían ser más graves.

Un verdadero escándalo: allí está la grabación en la que sugiere hasta el tipo de avión que podría usar el delator Néstor Cerveró para huir a España; allí está su promesa de conversar con ministros del Superior Tribunal Federal  (STF) para anular declaraciones de acusados y posibilitar un "habeas-corpus" para Cerveró;  "Michel" y "Renan" podrían ayudarlo en ese cometido.

Aún más: Amaral comenta sus tratativas con André Esteves, dueño del Banco BTG Pactual, para que le entreguen dinero a la familia de Cerveró a cambio de no ser mencionado por el delator. 

Es que Amaral (así como el banquero André Esteves) fueron acusados de corrupción por Cerveró. André Esteves habría pagado sobornos a Fernando Collor. Amaral habría recibido sobornos en la compra de equipamientos de Petrobras y en la adquisición de la refinería de Pasadena. 

Y por si eso fuera poco, las conversaciones de Amaral muestran que el banquero tuvo acceso a documentos confidenciales. 

La lista de delitos cometidos es enorme. Algunos inclusive no son muy conocidos: "patrocinio infiel" (artículo 355), en el caso del abogado de Cerveró, relacionado con la planificación de su fuga. Lavado de dinero, porque el banquero disfrazaría el auxilio financiero a la familia de Cerveró bajo la apariencia de honorarios. "Explotación de prestigio" (art. 357 del Código Penal), en el caso de un senador que promete "tomar un cafecito" con ministros del STF para que liberen a un acusado.

El problema jurídico no es aquello que Amaral, según todo indica, hizo, sino el cargo que ocupa. 

De acuerdo con la Constitución de Brasil, un senador no puede ser preso, excepto si es descubierto in fraganti (en el mismo momento en que lo está cometiendo) en un delito sin derecho a fianza. 

La sala segunda del STF, no obstante, decidió por unanimidad la prisión de Amaral. ¿Es un caso in fraganti? Sí: las reuniones del grupo se realizaron este mes y el plan estaba en marcha.

Amaral y sus asociados también son acusados por el delito de "organización criminal", entre otros. Es un delito que va más allá de un hecho específico: se extiende en el tiempo y, por tanto, la situación in fraganti puede durar más que el instante inmediato en el que, por ejemplo, se dispara un tiro o se comete un asalto.

Si hay "in fraganti", ¿se trata de un "delito grave sin derecho a fianza"? Los delitos "sin derecho a fianza" son, en general, gravísimos: asalto o secuestro seguido de muerte, violación

Pero hay otros casos en los que se puede denegar la fianza. El artículo 324 del Código de Proceso Penal establece que no habrá fianza en situaciones que cabe la prisión preventiva. Por ejemplo, en situaciones en que hay amenaza al orden público o cuando hay riesgo para la investigación de un crimen. 

Los ministros del STF no tienen dudas de que estaba ocurriendo eso. Es más: un senador estaba atentando contra "la propia jurisdicción del Supremo"; era el propio orden constitucional lo que estaba bajo ataque. Para un caso inédito se necesitaban soluciones inéditas, no previstas explícitamente en la Constitución. 

Había alternativas: suspender al senador, aplicarle una tobillera, prohibirle el contacto con los otros implicados. 

No sería suficiente, consideraron los ministros. Pesó en su decisión la posibilidad de que, por la influencia que ostenta, el senador Amaral continuara obstruyendo las investigaciones. Además, pesó ciertamente la honorabilidad del propio STF, afectada por las promesas de Amaral en el sentido de conversar con integrantes de la Corte. 

Traducido por CARLOS TURDERA

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