En el Carnaval hay alegría, coqueteo y ligoteo, pero también hay roces, toqueteos no deseados y besos ‘robados’. Sin embargo, este año, por primera vez, el acoso sexual contra los participantes será tratado como delito.
El proyecto de ley que definió el delito de importunación sexual -practicar acto libidinoso contra alguien sin consentimiento para satisfacer la propia lascivia o la de terceros- fue sancionado en septiembre de 2018 por el ministro del Supremo Tribunal Federal Dias Toffoli, entonces presidente de la República en ejercicio.
El castigo previsto es de 1 a 5 años de prisión, más dura que para homicidio culposo (sin intención de matar), cuya pena es de 1 a 3 años.
Las acciones del tipo estaban enmarcadas en la ley de contravenciones penales, que preveía la incumbencia ofensiva al pudor. El castigo: firma de un término circunstanciado (con el resumen de los hechos) y el pago de una multa.
Fue lo que ocurrió con un hombre que eyaculó en una pasajera dentro de un autobús en la avenida Paulista, región central de São Paulo, en 2017. Un caso sirvió de combustible para la sanción de la nueva legislación.
Apenas casos más graves pueden ser tipificados como violación, definido en la ley como el acto de obligar a alguien a tener conjunción carnal o a practicar actos libidinosos mediante violencia o grave amenaza.
Hace dos años, la actriz Carolina Froes, de 24 años, fue víctima de abusos sexuales cuando disfrutaba de una procesión de carnaval en SP. Un hombre le arrancó el top que la joven usaba y luego la agredió. El caso fue registrado como violación.
Traducido por AZAHARA MARTÍN ORTEGA