Para el Supremo de Brasil, hasta 40 gramos de marihuana diferencian a un traficante de un consumidor

El juicio sobre el tema concluye tras 9 años; La Corte decidió el martes (25) que la tenencia de la droga para uso personal no es delito

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El STF (Supremo Tribunal Federal) concluyó este miércoles (26) la demanda sobre la despenalización de la tenencia de marihuana para uso personal, y fijó la cantidad de hasta 40 gramos o seis plantas hembras para diferenciar al consumidor del traficante. Esta definición es válida hasta que el Parlamento decida cuál es este límite. Los números son relativos y deben servir como criterio para las autoridades policiales, que también deben tener en cuenta otros factores para decidir si alguien es traficante, incluso si porta menos de 40 gramos. Un ejemplo citado por los magistrados para considerar a alguien como delincuente es si la persona está usando una balanza de precisión. Otra posible prueba es que la persona tenga una libreta de direcciones.

Desde este martes (25), ya existe la interpretación de que la tenencia para uso personal no es delito, sino una infracción, sin generar efectos penales. El resultado oficial del juicio fue proclamado este miércoles por el presidente de la corte, Luís Roberto Barroso. En la tesis final aprobada en el pleno, se definió que "no comete infracción penal quien adquiera, guarde, tenga en depósito, transporte o traiga consigo, para consumo personal, la sustancia cannabis sativa".

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