El Supremo de Brasil concede la baja a madre no gestante en unión homosexual

Solo una de las mujeres tendrá derecho a 120 días de permiso; La otra tendrá 5 días

El STF (Supremo Tribunal Federal) permitió el miércoles (13) que las madres no gestantes en una unión estable homosexual puedan tener derecho a la licencia por maternidad.

Sin embargo, solo una de las madres del niño tendrá derecho a este beneficio, que es de al menos 120 días. La otra tendrá un permiso equivalente al de la licencia por paternidad, de solo 5 días.

Por mayoría, el Tribunal estableció una tesis en este sentido a partir de la propuesta del ministro Luiz Fux, que deberá ser seguida por los procesos en todo el país debido a la llamada repercusión general.

El texto dice que "la madre servidora o trabajadora no gestante, en unión homosexual, tiene derecho al goce de la licencia por maternidad", pero "si la compañera ha utilizado el beneficio, tendrá derecho a la licencia por un período equivalente al de la licencia por paternidad".

En el caso de los trabajadores con contrato en empresas que se han adherido al programa Empresa Cidadã, el plazo puede ser de hasta 180 días.

Algunos magistrados discreparon al respecto. Alexandre de Moraes, por ejemplo, sugirió que ambas mujeres de la pareja tengan derecho al período de la licencia por maternidad.

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